Condiciones generales de venta

Premisa

Las presentes condiciones generales de venta de L&L Luce&Light s.r.l (en adelante, “L&L” o la “Empresa”) regulan todas las ventas de los productos comercializados por L&L (en adelante, los “Productos”) a sus clientes (en adelante, los “Compradores”), salvo distinto acuerdo expresamente pactado por escrito.

Estipulación del contrato

  • Art. 1 El pedido tiene que ser transmitido por el Comprador por escrito y queda irrevocable por éste hasta tener confirmación por parte de L&L y, de todas formas, por al menos 30 (treinta) días laborables desde su recepción.
  • Art. 2 En el caso en que L&L haya redactado una oferta o un presupuesto, este documento no será vinculante para L&L, constituyendo sólo una invitación a presentar ofertas dirigida al Comprador, y su aceptación no será vinculante para L&L. Por lo tanto, el contrato se considerará perfeccionado exclusivamente cuando el Comprador haya recibido la confirmación de pedido por escrito por parte de L&L, es decir en el momento en que la Empresa empiece a poner en ejecución el pedido transmitido por el Comprador.
  • Art. 3 Cualquier condición no expresamente indicada en la confirmación de pedido de L&L no se considerará aceptada por la Empresa. En caso de que la confirmación de pedido enviada al Comprador por L&L contenga modificaciones en el pedido, tales modificaciones se considerarán tácitamente aceptadas por el Comprador si éste no hubiera manifestado por escrito su desacuerdo dentro de 3 (tres) días laborables desde la recepción de la confirmación de pedido.

Envío y entrega

  • Art. 4 A menos que esté indicado diversamente por escrito en la confirmación de pedido de L&L, las ventas se efectúan ex works (Incoterms 2010) L&L Dueville (VI) Italia.
  • Art. 5 La Empresa se ocupará de embalar los productos con embalaje estándar para transportes y manutenciones habituales. En caso de que sea necesario utilizar embalajes especiales, éstos se facturarán al coste según los acuerdos con el Comprador en su caso. A menos que se establezca de manera diferente por escrito, L&L podrá efectuar la entrega en diferentes lotes.
  • Art. 6 Los términos de entrega indicados calculan en días laborables y no tienen carácter obligatorio; de hecho, las Partes acuerdan expresamente un periodo de tolerancia de 30 días. En caso de que esté previsto un adelanto del pedido, la apertura de una carta de crédito o la emisión de una garantía bancaria, los términos de entrega computarán a partir de la recepción del adelanto o de la documentación que compruebe la operatividad de la carta de crédito o de la garantía. Además, los términos mencionados quedarán suspendidos hasta que el Comprador comunique todos los datos técnicos y administrativos necesarios para la correcta ejecución del pedido. Los términos de entrega serán automáticamente aplazados en caso de modificaciones del suministro pedidas por el Comprador posteriormente al cierre del contrato y se suspenderán automáticamente en caso de incumplimiento de pago a L&L de cualquier importe por parte del Comprador, aunque el incumplimiento no esté relacionado con el suministro en objeto. Si el Comprador pidiera a L&L aplazar la entrega de material listo para el envío, L&L podrá elegir si aceptar o no dicha petición, pudiendo de todas maneras emitir factura correspondiente y así dar comienzo al plazo pactado para el pago. En este caso los Productos quedarán en depósito en los almacenes de la Empresa y los gastos correrán a cargo del Comprador, calculándose como importe fijo diario del 0,5% sobre el precio neto de los Productos, y con transferencia del riesgo al Comprador.
    En caso de que el Comprador no retire la mercancía dentro de ocho días desde la notificación por parte de L&L de material listo para la entrega, sin perjuicio de lo previsto en el siguiente Art. 7, el Comprador tendrá que resarcir L&L de los costes de depósito de los Productos no recogidos, que se calculan como importe fijo diario del 0,5% sobre el precio neto de los Productos. Además, L&L podrá enviar los Productos en cualquier momento y los gastos correrán a cargo del Comprador, avisándole de los términos y condiciones de transporte que L&L considerará más oportunos.
  • Art. 7 CLÁUSULA PENAL En caso de anulación de un pedido parado y/o confirmado o de un pedido no recogido, incluso parcialmente, L&L podrá resolver el contrato y el Comprador tendrá que pagar una sanción equivalente al 30% (treinta por ciento) del valor de la mercancía anulada y/o no recogida, sin perjuicio del derecho de L&L de pedir una indemnización para el daño mayor. En caso de que se tratara de Productos no estándar del catálogo L&L o que se hubieran realizado específicamente para el Comprador, el importe de dicha sanción será equivalente al 70% (setenta por ciento) del valor de la mercancía anulada y/o no recogida.
  • Art. 8 En caso de que L&L no respetara los términos de entrega por culpa de demoras o incumplimiento de entrega por parte de sus proveedores, interrupción o suspensión de transportes o fuentes de energía, huelgas y movimientos sindicales, o por culpa de cualquier otro evento imprevisto fuera de su control razonable, se suspenderán los términos acordados a partir del día en que comunique el impedimento al Comprador. L&L no será responsable de dichos eventos ni en caso de que la Empresa, en la fecha de producción de dichos eventos, ya tuviera demoras en los términos de entrega pactados. En este caso, tal y como en cualquier otra situación de entrega con demoras, L&L no deberá ninguna compensación o indemnización al Comprador y tendrá derecho a recibir el pago del suministro entregado.

Precios y condiciones de pago

  • Art. 9 A menos que esté indicado diversamente en la confirmación de pedido, los precios de cada Producto por entrega ex works Incoterms 2010 L&L Dueville (VI) Italia se encuentran en el listado de precios de L&L vigente al momento de la confirmación y se expresan en euros.
  • Art. 10 En ningún caso los precios o los descuentos confirmados por L&L para un pedido serán vinculantes para pedidos sucesivos.
  • Art. 11 El pago se tendrá que efectuar siguiendo las modalidades indicadas por L&L en la confirmación de pedido. Sin perjuicio de lo previsto en el Art.2, en caso de que el Comprador haya recibido una oferta o un presupuesto por parte de L&L, el pago se tendrá que realizar en las modalidades indicadas en dicho documento o bien, en su defecto, a través de una transferencia bancaria anticipada al momento del envío del pedido a L&L; en caso de que la Empresa rechace el pedido, la misma restituirá al Comprador el adelanto recibido. Independientemente de las modalidades de pago, éste se efectuará de todas formas en la sede de L&L.
  • Art. 12 Se aceptarán cheques o letras de cambio sólo si éstos medios de pago estuvieran expresamente autorizados en la confirmación de pedido. Si el pago se efectuara a través de transferencia bancaria, la fecha de valor al beneficiario corresponderá a la fecha de vencimiento del pago indicada en la confirmación de pedido.
  • Art. 13 Excepto en caso de explicita autorización por escrito de L&L, no serán válidos y/u oponibles a la Empresa hipotéticos pagos, descuentos, autorizaciones a devolver mercancías y/o reconocimiento de defectos en los Productos realizados por un agente o autorizados por éste.
  • Art. 14 Los Productos siguen siendo de propiedad de L&L hasta el pago integral del precio o hasta el cobro integral de posibles cheques, letras de cambio u otras formas de pago negociables, incluso cuando se hayan entregado ya los documentos de transporte.

Incumplimiento o demoras en el pago

  • Art. 15 El Comprador no puede suspender o retrasar los pagos, incluso en caso de reclamaciones o demoras en la entrega de los Productos por parte de L&L o por cualquier otro motivo, ni podrá haber ninguna forma de compensación entre algún importe que se debiera al Comprador por cualquier razón y el importe debido para la adquisición de los Productos. En caso de incumplimiento o demoras en el pago, total o parcial, el Comprador deberá pagar, aparte del importe debido, un interés de demora conforme a lo previsto en el Art. 5 del D.Lgs. italiano n. 231/2002.
  • Art. 16 En caso de incumplimiento o demoras en el pago, total o parcial, incluso de suministros relativos a otros contratos entre las Partes, L&L seguirá teniendo el derecho - sin necesidad de previo aviso ni declaración de mora - de: a) suspender la fabricación, la preparación o la entrega de los Productos y/o de otros posibles pedidos en curso, es decir de ejecutarlos bajo pago por adelantado; b) resolver el contrato por incumplimiento del Comprador; c) exigir la indemnización de los daños por incumplimiento o demoras en el pago; d) quedarse, a título de sanción, posibles importes ya cobrados, sin perjuicio del derecho a pedir indemnización por el daño mayor.
  • Art. 17 El incumplimiento del pago incluso de un solo vencimiento o la disminución por parte del Comprador de las garantías otorgadas determinará automáticamente la pérdida del beneficio del plazo, sin perjuicio de los restantes derechos de L&L establecidos en el anterior Art. 16.

Garantía al Comprador

  • Art. 18 Toda la información sobre pesos, medidas, tamaños y cualquier otro dato en los catálogos y folletos de L&L o de todas formas proporcionado por la Empresa, tendrá carácter puramente indicativo y no será vinculante a menos que la Empresa no se haya expresamente comprometido en este sentido.
  • Art. 19 L&L garantiza al Comprador que no se presentan defectos en los materiales y en la fabricación de los Productos, dentro de las tolerancias de uso y de los límites de las especificaciones técnicas. Excepto cuando haya una indicación escrita por parte de L&L. La garantía para el Comprador tendrá un periodo de validez de 5 años a partir de la entrega de los Productos al Comprador y no se podrá suspender bajo ningún concepto.
  • Art. 20 A la hora de recibir los Productos, el Comprador deberá examinar inmediatamente cada uno de ellos. En caso de que el Comprador hallara diferencias cuantitativas con respecto a lo especificado en el documento de transporte, o bien daños de cualquier tipo, tendrá que comunicarlo de forma inmediata y por escrito al transportista o al expedidor y de esta forma dar curso a la acción hacia los responsables del transporte, so pena de caducidad de cualquier pretensión hacia L&L.
  • Art. 21 Sin perjuicio del término de prescripción establecido en el art.1495, párrafo 3, del Codice Civile italiano y sin prejuicio de lo establecido en el Art.15 de estas Condiciones generales de venta, en el periodo de garantía indicado en el Art. 19, hipotéticos defectos o faltas de conformidad de los Productos se deberán señalar por escrito a L&L, dentro de 8 (ocho) días desde la entrega de la mercancía, so pena de caducidad, especificando con precisión cuál es el Producto defectuoso, la correspondiente fecha de entrega y de qué tipo de defecto se trata. Además, se deberá enviar a L&L copia de la factura de compra y certificación de instalación del Producto entregada por el instalador conforme a la normativa vigente. Siempre en el periodo de garantía indicado en el Art. 19, el Comprador deberá señalar hipotéticos defectos ocultos del Producto no detectables al momento de la entrega, por escrito so pena de caducidad dentro de 8 (ocho) días desde su detección, con las mismas modalidades indicadas para los defectos manifiestos. El Comprador tendrá que mantener a disposición de L&L los Productos defectuosos por un periodo de tiempo razonable para que la Empresa pueda llevar a cabo posibles inspecciones y no podrá, sin explícita autorización por escrito de la Empresa, proceder a la devolución de los Productos.
  • Art. 22 En caso de que el Comprador señalara tempestivamente los defectos y que L&L reconociera tales defectos, la Empresa procederá, dentro de los normales tiempos técnicos, a la reparación y/o sustitución gratuita ex works Incoterms 2010 L&L Dueville (VI) Italia de los Productos reconocidos como defectuosos, pudiendo también sustituirlos con Productos alternativos que tengan las mismas características esenciales. Los posibles costes derivados del desmantelamiento de los Productos defectuosos y de la instalación y/o sustitución correrán a cargo del Comprador, incluyendo: dietas y gastos de desplazamiento, dispositivos de elevación, andamiaje o cualquier otro gasto accesorio. Se entiende que, en caso de que el Comprador pidiera a L&L realizar algunas intervenciones no cubiertas por la garantía, los gastos correspondientes correrán a cargo del Comprador siguiendo las tarifas y las modalidades establecidas por L&L y vigentes al momento de la intervención.
  • Art. 23 EL COMPRADOR NO PODRÁ EXIGIR NINGUNA OTRA FORMA DE INTERVENCIÓN COMO GARANTÍA Y/O INDEMNIZACIÓN, TANTO CONVENCIONAL COMO LEGAL; EN PARTICULAR, BAJO NINGÚN CONCEPTO L&L TENDRÁ RESPONSABILIDAD EN CASO DE DAÑOS DIRECTOS, INDIRECTOS, ACCIDENTALES O CONSECUENTES QUE DERIVARAN DE UN PRODUCTO DEFECTUOSO Y/O NO CONFORME, Y POR LO TANTO, EN LOS LÍMITES PERMITIDOS POR LA LEY, SE ENTIENDE QUE EL COMPRADOR RENUNCIA EXPRESAMENTE A ESTOS DERECHOS. EN PARTICULAR, EL COMPRADOR RENUNCIA EXPRESAMENTE AL DERECHO DE REVERSIÓN PREVISTO EN EL ART. 4 DE LA DIRECTIVA 1999/44/CE.
  • Art. 24 La presente garantía al Comprador cubre únicamente los defectos en los materiales o en la fabricación de los Productos y en las normales condiciones de uso, transporte, almacenamiento, conservación, exposición y venta. Además, la presente garantía se activará sólo en caso de que: 1) el Comprador no tenga demora en ningún pago, ni por suministros distintos de los relativos a los Productos defectuosos; 2) los Productos se utilicen en el ámbito de uso consentido por sus características técnicas y respetando los límites indicados en las instrucciones para la instalación; 3) los Productos sean instalados por técnicos cualificados siguiendo las instrucciones para la instalación proporcionadas y las normas técnicas; 4) los Productos estén alimentados utilizando dispositivos de alimentación proporcionados por L&L y, cuando previsto, instalados en cajas de empotrar de L&L; 5) la instalación del Producto esté certificada por el instalador conforme a la normativa vigente.
  • Art. 25 La garantía no aplicará cuando: 1) los Productos hayan sido modificados, manipulados o reparados por terceros sin autorización previa de L&L; 2) los defectos del Producto se deban a eventos imprevistos o no razonablemente probables, incluyendo descargas eléctricas, rayos o corrientes electroestáticas; 3) el sistema eléctrico se encuentre en un entorno no conforme al correcto funcionamiento del Producto por su tipología y destinación, incluyendo, por ejemplo, interferencias impulsivas de línea, oscilaciones bruscas de tensión, temperatura excesiva o ventilación insuficiente. En particular, y sin limitaciones por lo indicado en general hasta ahora, la garantía no aplicará a los Productos usados o de segunda mano, a los defectos causados por métodos incorrectos de almacenamiento, transporte, conservación, mantenimiento, exposición o venta empleados por el Comprador (o terceros), es decir defectos en los Productos imputables al Comprador (o a terceros) o bien al incumplimiento de las instrucciones e indicaciones de uso proporcionadas por L&L.
  • Art. 26 En caso de que el Comprador recibiera una reclamación por parte de uno de sus clientes acerca de eventuales defectos en los Productos, el Comprador deberá: - evitar ofrecer o aceptar cualquier devolución de Productos;
    - informar inmediatamente a L&L de las reclamaciones;
    - examinar atentamente los Productos declarados defectuosos;
    - enviar a L&L un informe confidencial acerca de los posibles defectos detectados.
    A la hora de recibir el informe, L&L transmitirá al Comprador sus instrucciones y el Comprador, si requerido, deberá prestar la asistencia necesaria para solucionar la incidencia.

Devolución de los Productos

  • Art. 27 Las devoluciones de Productos deberán estar siempre previamente autorizadas por escrito por parte de L&L. El Comprador deberá por lo tanto notificar por escrito y con antelación a L&L el envío de los Productos en devolución, que se efectuará exclusivamente DDP (Incoterms 2010) L&L Dueville (VI) Italia.

Ley aplicable

  • Art. 28 Las presentes Condiciones generales de venta, y las ventas que éstas disciplinan, se regulan en base al derecho italiano, y queda expresamente excluida la aplicación de la Convención de Viena de 1980 sobre la compraventa internacional de mercancías (excepto lo previsto en el artículo 11 de la Convención acerca de la libertad de forma de los contratos, que sí aplica).

Fuero competente y cláusula arbitral

  • Art. 29 Tras la firma del presente contrato establecido con L&L, informamos de que los datos serán tratados por L&L LUCE & LIGHT SRL, via Trescalini, 5, Dueville (VI), teléfono +39 0444 360571, contacto de correo electrónico a lucelight@lucelight. it como responsable de los datos. Vuestros datos serán procesados con fines contractuales y comerciales/promocionales. Se conservarán durante el plazo previsto por la normativa vigente en cumplimiento de las obligaciones contractuales previstas por la ley de conservación de datos o hasta su solicitud de cancelación para el envío de newsletters. Se pueden ejercitar los derechos previstos por la normativa en materia de tratamiento de datos, también en relación con la revocación del consentimiento al tratamiento, enviando una solicitud al buzón de correo electrónico indicado anteriormente, por lo que si no deseáis recibir información promocional os rogamos que os pongáis en contacto con nosotros para informarnos al respecto.
  • Art. 30 Cualquier tipo de controversia entre las Partes acerca de las ventas reguladas por estas Condiciones generales de venta:
    a) si la sede del Comprador se encontrara en la Unión Europea, se someterá exclusivamente al Fuero de Vicenza (Italia);
    b) si la sede del Comprador se encontrara fuera de la Unión Europea, será gestionada por uno o más árbitros nombrados de conformidad con el Reglamento de Arbitraje de la Cámara de Comercio Nacional e Internacional de Milán (Italia). El árbitro o el órgano de arbitraje tomará su decisión de acuerdo con las leyes aplicables y esta decisión será transmitida por el organismo de arbitraje a las Secretaría General de la Cámara de Comercio de Milán dentro de los 6 (seis) meses sucesivos a la constitución de dicho organismo de arbitraje. El arbitraje tendrá lugar en Vicenza y se llevará a cabo en inglés.

Vers. 2022-0.2
La única versión vinculante es el texto inglés